No es para nada extraña la asociación entre la elección de los gobernantes y la violencia, tal vez porque está en juego el poder, y poder y violencia es un binomio muy recurrente.
Más allá de todas aquellas elecciones viciadas por la violencia que incluso rayarían en fraudes electorales y golpes de Estado materiales, es una realidad que toda elección política tiene su grado de violencia, incluso hay quien habla de lucha electoral, y violencia que puede ser legítima o no, sector al que están llamadas a intervenir las instituciones electorales: tribunales, institutos, fiscalías. Al final de cuentas se trata de un espacio que recrea la lucha por el derecho como lo ha representado la teoría jurídica moderna, es decir, el derecho visto como un sistema de normas que regulan la violencia social, reglas que limitan y encausan la guerra; el proceso mismo podría verse como un campo de batalla, cuanto más el proceso electoral.
Lo anterior forma parte de una paradoja de la modernidad, tal vez heredada de la idea de democracia, la cual en sí, significa un espacio político en el que el encuentro y desencuentro coinciden, en el que el acuerdo y la disidencia deben mediarse. El derecho electoral tiene por objetivo regular un proceso en el que la diversidad se manifiesta a través de las propuestas electorales, pero en el que al final debe llegarse a un acuerdo que obviamente a algunos deben aceptar aún a pesar de su ideología e intereses políticos. Las instituciones electorales además de árbitros sirven como catalizadores y válvulas de escape a la posible violencia política, por eso es muy importante el control que se hace a las campañas porque desde entonces se está intentando gestionar toda esa efervescencia social contenida en el proceso electoral. Cass Sunstein citando a Mathew Adler habla de la importancia de la "función expresiva" del derecho donde debe administrarse la disidencia, el derecho también tiene esta función performativa, envía mensajes a la sociedad incluso antes de convertirse en ley vinculante (1).
Por lo antes dicho, la tarea del derecho electoral puede ser enorme, se trataría de una administración de la cultura político-electoral de una comunidad específica, lo cual implicaría en principio de cuentas la promoción de una cultura cívica; sin embargo, el cambio simbólico al que estamos asistiendo en estas democracias atemorizadas por sus gobernantes y orilladas a tomar decisiones en base a Estados de emergencia, parece que redefinirían también la tarea del derecho electoral, hay una nueva violencia que debe administrar, la idea del enemigo al acecho.
México puede ser un muy buen ejemplo de lo que acabamos de decir. Ante el imaginario colectivo de que el narcotráfico se ha infiltrado también en las campañas, ya sea directamente o a través de los mecanismos paraelectorales que emprenden algunos gobiernos locales, lo cierto es que hay una altísima manipulación de la información que juega con los temores de la sociedad, en la teoría general del derecho es bien claro que la voluntad viciada no es plena, sin embargo a una elección llegamos altamente viciados ¿no debería el derecho electoral también poner las medidas para evitar ésto? como dijimos una tarea imponente, pero muy necesaria, de hecho, hoy por hoy la imagen, el análisis cultural juegan un papel fundamental en el derecho electoral más que en ningún otro derecho, gran cantidad de recursos judiciales a nivel electoral se enfocan a denunciar abusos en el usos de imágenes que tratan de manipular a la sociedad.
Gilles Lipovetsky advierte que vivimos dentro de una paradoja, siendo una sociedad con tantos elementos de información a la mano que asegurarían nuestra libertad de información, resulta que es ahora cuando más condicionados estamos a ser manipulados (2), idea que también desarrolla Naomi Klein justo en la manipulación que sufrimos a través de las imágenes (3). En ningún lugar más que en otro como en los procesos electorales se da esta paradoja, más que en ningún otro momento histórico parece que contamos con muchas opciones y con mucha información y sin embargo, en la realidad parece que al final la opción es sólo una, a la que se nos condiciona a través de diversos medios: por temor, por violencia, por cultura.
A propósito de este tema y con el pretexto del análisis de la película "Gangsters de Nueva York" aconsejamos la lectura de la reseña de Eddy Chávez en la sección "Cine y Derecho" de este blog.
Notas:
(1) SUNSTEIN, Cass, "Conformidad y disensión" en SUNSTEIN, C., Acuerdos carentes de una teoría completa en derecho constitucional y otros ensayos, Universidad ICESI, Cali, 2010, pp. 28 y 29.
(2) cfr. LIPOVETSKY, Gilles, "La felicidad paradójica. Ensayo sobre la sociedad de hiperconsumo", Anagrama, Barcelona, 2007.
(3) cfr. KLEIN, Naomi, No logo, Paidos, Buenos Aires, 2001.
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